Por Luis Felipe Rodríguez
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Dr. Luis Felipe Rodríguez |
Es claro que las irregularidades que se cometieron en los centros de votación, por su magnitud bordean los límites del “fraude colosal” y por su forma, sobrepasan los niveles de lo grosero y lo vulgar. Es claro también que, por la uniformidad con que se materializaron esas irregularidades, no pudieron haberse producido sin la anuencia y el conciliábulo de personas enquistadas en las cúpulas de los dos partidos mayoritarios y de quienes tenían la responsabilidad de velar y preservar la pulcritud, imparcialidad y diafanidad con que debe darse todo proceso electoral.
Como abogado de uno de los reclamantes hemos seguido muy de cerca los casos sometidos a consideración de la Cámara Contenciosa de la JCE. Llama mucho la atención la similitud de una gran cantidad de esos casos, sobre todo aquellos que han sido encaminados por los propios candidatos, sin que para ello medie la diligencia y la participación de los delegados de sus respectivos partidos.
Cuando las impugnaciones vienen diligenciadas por los partidos como tales, los casos sometidos se diluyen en defensas técnicas adornadas por pura retórica procesal. Por el contrario cuando las impugnaciones vienen encaminadas por los candidatos directamente sin la anuencia y sin el apoyo del cuerpo de abogados y de delegados de los partidos, los argumentos presentados son menos técnicos y más aterrizados.
Más allá de la retórica procesal, cinco argumentos son manejados por el juzgador electoral:
a) Que los votos nulos y observados no fueron contados ni revisados, y por el contrario fueron asignados a los partidos en forma prorrateada por acuerdo expreso de sus delegados. Esa decisión que bien pudo variar el resultado en beneficio o en contra de un determinado candidato fueron tomadas por los presidentes de mesas y los empleados de la JCE atendiendo al interés de los delegados de los partidos y no al interés de los candidatos como debió de ser.
b) Que los votos de los partidos aliados fueron igualmente prorrateados en beneficio de determinados candidatos atendiendo al interés de los delegados de los partidos y no al interés expresado por el votante.
c) Que los votos consignados en la boleta A-1 difieren en relación a los consignados en la boleta A, y que en gran cantidad de Reportes de Votaciones existe disparidad entre los datos consignados en números y aquellos consignados en letras, lo cual pone en evidencia la intención manifiesta de arrojar resultados distorsionados;
d) Que en una cantidad muy significativa de los Reportes de Votación el voto preferencial supera el voto en beneficio de los partidos lo cual es materialmente imposible; y
e) Que la cantidad de Reportes de Votación totalmente en blanco, así como con disparidad de letras y números, la adulteración en la consignación de los votos de los aliados, la falta de sellos en los reportes o la existencia sellos totalmente disímiles a los proporcionados por las Juntas Municipales son tan evidentes y repetitivas que hacen suponer la posibilidad de un ilícito penal cuyo resultado final pudo alterar la suerte de muchos de los candidatos.
El titular “JCE somete personal 60 mesas electorales” mediante el cual el Periódico El Nacional reseña la firme determinación de la Cámara Contenciosa de incoar procesos penales en contra de sus empleados y delegados confirma que no estamos en presencia sólo del pataleo natural del que no admite su derrota. También augura el asomo de procesos que de llevarse hasta las últimas consecuencias, podrían no sólo variar los resultados finales en determinadas circunscripciones electorales, sino también hacer que ciertos personajes a lo interno de los partidos y de la propia JCE puedan quedar al descubierto.
Ya han empezado los Arcones del Condicionamiento Mediático de algunos programas televisivos a mover sus maquinarias para presentar como “problemas personales” y de “puro protagonismo” los grandes esfuerzos encaminados por la Cámara Contenciosa, para corregir los entuertos generados durante el finalizado proceso de votación.
Ello, no constituye menos que el manifiesto chantaje del que por defender intereses particulares se ve entrampado entre la mañosería que dice combatir y el ejercicio ético de la función que como profesional y como ciudadano debe desempeñar en beneficio y mérito de la verdadera institucionalidad.
No hay que temerle a las decisiones que ordenen la revisión de los casos sometidos al escrutinio de la Cámara Contenciosa de la JCE. Para eso se dividió la JCE y para eso se les paga a los cinco miembros que dignamente integran ese órgano superior del tribunal de elección. Es de ahí que no hay que prejuzgar ni desvirtuar la firme determinación del juzgador en su afán de garantizar la pulcritud, la transparencia y la diafanidad del proceso de votación como única forma posible de respetar la voluntad del elector. Y es de ahí que hacemos un llamado a serrar filas para solicitar “Un voto de confianza para la Cámara Contenciosa de la JCE”.
Santo Domingo, R. D.–