La creación y puesta en operación del TC, ha sido un significativo paso de avance para el fortalecimiento de la garantía y protección del orden constitucional y de vital importancia para descongestionar a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), que siempre ha tenido un extraordinario cúmulo de expedientes sobre recursos de casación, además de cientos de expedientes sobre acciones de inconstitucionalidad, muchos de los cuales eran engavetados hasta por décadas, sin ser resueltos ni dar respuestas a los accionantes, con lo que se incurría en justicia tardía que es equivalente a denegación de justicia.
Antes de la entrada en vigencia del TC, la SCJ era la guardiana de la Constitución y sus decisiones eran irrevocables y vinculantes para todos los poderes públicos, ya que sus decisiones no podían ser revisadas. Hoy, las decisiones jurisdiccionales que han adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, pueden ser recurridas en revisión constitucional, a la luz del artículo 53 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, lo que constituye un importantísimo paso de avance, porque la SCJ, también debe estar sujeta a cierto control constitucional.
Recordemos que el TC inició sus labores el 16 de enero del 2012. Y que recibió 309 expedientes provenientes de la SCJ. Durante su primer año de gestión, el TC evacuó 104 sentencias sobre acciones directas de inconstitucionalidad, recursos de revisión de decisiones jurisdiccionales, revisiones de sentencias de amparo, control preventivo de tratados internacionales y suspensiones de ejecución de sentencias. Para el año 2013, superó con creces el desempeño del 2012, evacuando 274 sentencias, para un significativo aumento de 164 %., y un total de 378 sentencias evacuadas, con lo que supera el número de expedientes heredados de la SCJ.
Es justo destacar la profesionalidad de los integrantes del TC, quienes han demostrado su alta preparación y capacidad, en cada una de las decisiones adoptadas, ampliamente fundamentadas en derecho, enriquecidas con la jurisprudencia constitucional comparada y con estricto apego a la Constitución Los integrantes de dicho tribunal, demuestran un amplio criterio democrático, en virtud del cual la mayoría respeta el derecho de minoría y la minoría expresa su voto disidente o salvado, pero respetando el criterio mayoritario, conforme lo establece la ley sustantiva. Además, el TC ha desplegado una amplia campaña de promoción y difusión de la Constitución, en escuelas y organizaciones de la sociedad civil.
Como garante de la supremacía constitucional y defensor del orden público, el TC ha desempeñado una valiente gestión, valentía que alcanzó su máximo nivel con la evacuación de la Sentencia TC-0168-13, mediante la cual se desconoce la nacionalidad dominicana a los descendientes de extranjeros en tránsito, dictamen que viene a resolver un problema histórico de migración irregular en la República Dominicana.
Sobre los retos del TC, entiendo que para el año 2014, éste debe continuar avanzando, sin prisa, pero sin pausa, en dar rápidas y eficientes respuestas a las distingas acciones constitucionales que le sean sometidas. Así mismo, tiene el compromiso de seguir actuando con valentía, total independencia de criterios, resistir y rechazar de manera categórica todo tipo de presión externa, ser coherente con sus decisiones y precedentes.
Santo Domingo, Rep. Dom.
Gonzalo Ramírez
Máster en Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales.