A través del fiscal investigador Wilson Díaz y el litigante Juan Miguel Vásquez, el Ministerio Público presentó las pruebas suficientes para demostrar la responsabilidad penal del procesado. El expediente instrumentado por este órgano de la persecución penal establece que la noche del 21 de octubre de 2018, ambos hombres entraron en una discusión y se enfrascaron en una lucha cuerpo a cuerpo, hasta ser separados por un pariente de uno de ellos. Transcurridos 20 minutos, volvieron a encontrarse y a enfrentarse. En ese momento, Marmolejos le propinó a Pavón Morel una herida de cuchillo en el brazo derecho y otra en el tórax, que le provocó la muerte.
A los hechos, el Ministerio Público les asignó la calificación jurídica contenida en los artículos 295, 296, 297, 298 y 302 del Código Penal, que tipifican y sancionan la asociación de malhechores y el asesinato, así como de los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
El tribunal dispuso que el condenado cumpla la sentencia en el centro de privación de libertad La Victoria; también lo condenó a pagar una indemnización de tres millones de pesos a la familia de la víctima.
Santo Domingo Este, Rep. Dom.