Senado: “Fuerza del Pueblo es segunda mayoría”; Gonzalo lo vaticinó

Miércoles, 18 Noviembre 2020 21:18 Escrito por  Publicado en Sto. Dog.
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Sesión del Senado de la República Dominicana de fecha 18 de noviembre del año 2020, en la que senadores decidieron que la Fuerza del Pueblo liderada por el expresidente Leonel Fernández ostenta la segunda mayoría en el Senado. Sesión del Senado de la República Dominicana de fecha 18 de noviembre del año 2020, en la que senadores decidieron que la Fuerza del Pueblo liderada por el expresidente Leonel Fernández ostenta la segunda mayoría en el Senado.

El Senado de la república decidió esta noche que la Fuerza del Pueblo liderada por el expresidente Leonel Fernández, ostenta la segunda mayoría en esa cámara legislativa, donde cuenta con nueve senadores que representan nueve provincias del país, mientras que el Partido de la Liberación Dominicana ostenta la tercera mayoría, con tres senadores que representan igual número de provincias.  

La decisión del Senado se produjo luego de que la Comisión de Justicia de ese estamento legislativo, presidida por el senador de la provincia Santo Domingo, Antonio Taveras Guzmán, emitiera un informe con la favorable opinión para la Fuerza del Pueblo, de que ese partido ostenta la segunda mayoría en el Senado.

La decisión adoptada esta noche por los senadores garantiza un espacio en el Consejo Nacional de la magistratura para la Fuerza del Pueblo, organización que propuso como su representante  en esa alta instancia, al senador Bautista Rojas Gómez.

La reacción del Partido de la Liberación Dominicana no se hizo esperar y calificó como inconstitucional la decisión del Senado, bajo el alegato de que “ningún senador de la Fuerza del Pueblo cumple con los dos requisitos exigidos por el artículo 178 de la Constitución de la República, pues no pertenecen a un bloque de partidos diferente al del Presidente del Senado, ni tampoco ostentan la representación de la segunda mayoría política en ese hemiciclo, ya que dicho partido sólo obtuvo un senador en las elecciones pasadas”,

El PLD calificó de “funesta e irresponsable la decisión de determinar la segunda mayoría política representada en el senado a través de un simple cálculo matemático, se valida otro acto ilegal y además nocivo para la democracia, como es el transfuguismo, obviando que para integrar el Consejo Nacional de la Magistratura no es correcto ni mucho menos suficiente tomar en cuenta lo nominal o numeral, sino que es necesario tomar en cuenta que el objetivo del constituyente es que el segundo miembro del senado ante el Consejo Nacional de la Magistratura sea de un bloque de partidos diferente al del presidente del senado, lo cual no se logra al elegir a un representante que no sea del PLD”. Adelantó que “hará uso oportunamente de las vías jurídicas pertinentes para hacer valer sus derechos en este aspecto”.

El líder de la Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, ha insistido en que ese partido ostenta la segunda mayoría en el senado, donde cuenta con nueve senadores, mientras que el PLD apenas cuenta con tres senadores.

Se recuerda que el pasado día jueves 12 de noviembre el magíster en Derecho Constitucional Gonzalo Ramírez, aseguró que “la Fuerza del Pueblo ostenta la segunda mayoría en el Senado, por lo que uno de sus senadores debería ser designado por el Senado como miembro del Consejo Nacional de la Magistratura, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución en su artículo 178, numeral 3, al disponer que será integrante del Consejo Nacional de la Magistratura, “un senador o senadora escogido por el Senado que pertenezca al partido o bloque de partidos diferente al del Presidente del Senado y que ostente la representación de la segunda mayoría”.

El abogado constitucionalista explicó que “la segunda representación en el Senado o en la Cámara de Diputados no la ostenta el partido que haya obtenido mayor representación el día de las elecciones ni el partido que haya obtenido mayor votación. La segunda mayoría la representa el partido o bloque de partidos que ostente la segunda mayoría al momento de la integración del Consejo Nacional de la Magistratura”. Agregó que la segunda mayoría la representa el partido o bloque de partidos que ostente la segunda mayoría al momento de la integración del Consejo Nacional de la Magistratura”.

La opinión emitida por la Comisión de Justicia del Senado es cónsona con el criterio jurídico profesional del especialista en Derecho Constitucional.

El exsecretario general de la seccional Santo Domingo del Colegio de Abogados Gonzalo Ramírez, expresó que basta un mínimo de lectura comprensiva y de aritmética para dirimir el asunto, por lo que entiende no era necesario enviar el tema a la Comisión de Justicia del Senado para que emitiera su opinión y éste determinara a quién corresponde la segunda mayoría. “No es necesario ser un genio ni un científico de la Nasa para saber que ocho es más que cuatro y que no es lo mismo ostentar que obtener. Bastaría con buscar en el diccionario de la Real Academia Española el significado de ambas palabras y realizar un sencillo pase de lista de los senadores de cada partido o bloque de partidos previo la integración del Consejo Nacional de la Magistratura”, enfatizó.

Santo Domingo, Rep. Dom.