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Acusan al IDAC de violar ley 379 sobre pensionados y jubilados.

Jueves, 19 Noviembre 2015 08:51 Escrito por  Publicado en Nacionales
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Por: Juandy Gómez

Profesionales del sector aéreo dominicano, han expresado su queja de que el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC),  viola la ley 379, la cual no permite  que un empleado o trabajador desempeñe ninguna labor en instituciones públicas devengando un salario después de haber sido jubilado.

Tal es el caso de militares y pilotos pensionados que ejercen funciones importantes en el IDAC, cobrando un salario en esta institución, por lo cual deberían renunciar a la pensión para seguir laborando si en ese caso es su decisión.

De acuerdo  a lo que ordena el artículo 11 de la Ley 379-81, en relación con los servidores pensionados, establece que “cuando un pensionado o jubilado vuelva a desempeñar funciones remuneradas en organismos de la Administración Pública, en Instituciones Autónomas o en Entidades Descentralizadas del Estado, dejará de percibir los beneficios de la pensión o jubilación durante el tiempo en que preste servicios”. Sin embargo, esos beneficios le corresponderán de pleno derecho cuando cese el servicio y el tiempo de servicio le serán computados y servirá para optar por una mejor categoría en la escala de las pensiones y jubilaciones.

Mientras que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones señala en su web que no está prohibido por la ley que un pensionado activo trabaje en empresas privadas algunas, ya que su salario no sería cargado a una nómina del Estado.

Lo que también inquieta a muchos profesionales de la aviación y ven como un descaro, es que hay personas que tienen una y dos pensiones que reciben gracias al dinero que paga el pueblo mediante los impuestos.

Consideran que el servidor público tiene el deber de cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, las leyes, los reglamentos, manuales, instructivos, y otras disposiciones emanadas de autoridades competentes, pero que este no ha sido el caso del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), que ha tolerado de esta práctica. 

Santiago, R. Dom.  

 

Modificado por última vez el Jueves, 19 Noviembre 2015 08:56